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Normativa europea

European Accessibility Act: qué cambia para su empresa

La directiva europea sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios se aplica desde el 28 de junio de 2025. Por primera vez, las empresas privadas están obligadas a hacer accesibles sus servicios digitales.

Texto
Directiva (UE) 2019/882
Aplicación
Desde el 28 de junio de 2025
Norma técnica de referencia
EN 301 549 (basada en las WCAG)
Exención
Microempresas que prestan servicios (menos de 10 personas y 2 M€ de volumen de negocios o de balance)

¿Qué servicios están afectados?

La EAA se dirige a productos y servicios considerados esenciales para la vida cotidiana. En el ámbito digital, los principales servicios afectados son:

  • el comercio electrónico
  • los servicios bancarios para consumidores
  • los servicios de comunicaciones electrónicas
  • los elementos de los servicios de transporte de viajeros (sitios web, aplicaciones, billetes electrónicos, información en tiempo real)
  • los libros electrónicos y sus programas de lectura
  • el acceso a los servicios de comunicación audiovisual

Lo que debe hacer

  • Comprobar si sus servicios entran en el ámbito de la directiva
  • Auditar sus sitios y aplicaciones conforme a la norma EN 301 549
  • Corregir las no conformidades, empezando por los recorridos clave
  • Publicar la información de accesibilidad exigida, por ejemplo en sus condiciones generales
  • Documentar su conformidad y, en su caso, la carga desproporcionada que alegue

Una directiva, varias transposiciones nacionales

Cada Estado miembro ha transpuesto la EAA a su derecho nacional y ha designado sus autoridades de control. Por ello, las sanciones y las modalidades prácticas varían de un país a otro. Auditamos conforme a la norma exigida en cada país en el que usted opera.

Existen periodos transitorios para determinados contratos y equipos en uso antes de junio de 2025: no eximen de adaptar los nuevos servicios.

Esta página presenta las líneas generales del marco aplicable. No constituye asesoramiento jurídico: los textos y sus modalidades de aplicación pueden cambiar.

Preguntas frecuentes

¿Está afectada mi empresa?

Si ofrece a los consumidores alguno de los servicios incluidos y no es una microempresa, es muy probable. Verificamos su alcance de forma gratuita al definir el proyecto.

¿Qué riesgo hay en caso de incumplimiento?

Las sanciones las fija cada Estado miembro: requerimientos, multas e incluso la retirada del servicio. El riesgo para la imagen y la pérdida de clientes suelen ser más inmediatos.

¿Afecta a una empresa de fuera de la Unión Europea?

Sí, desde el momento en que ofrece sus servicios a consumidores de la Unión Europea. Es el caso, en particular, de las empresas suizas que venden en la UE.

Los demás marcos que auditamos

UEEN 301 549Norma armonizadaFRFranciaRGAA · EAABEBélgicaEAA · EN 301 549LULuxemburgoRAWeb · EAACHSuizaLHand · eCH-0059DEAlemaniaBFSG · BITV 2.0ESEspañaLey 11/2023 · RD 1112/2018NLPaíses BajosEAA · EN 301 549ITItaliaLegge Stanca · EAA

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Describa su alcance en unas pocas preguntas: le responderemos con una propuesta a medida.